Autorización de salida de menores y adolescentes al extranjero.
diciembre 17, 2017
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En caso de que alguno de los padres o el tutor no puedan presentarse en las oficinas del INM: la persona que documente al menor en el mostrador del aeropuerto, deberá presentar una carta notariada que certifique que el menor está autorizado para salir de viaje ya sea sólo o con un tercero. Aclaración: Si la carta notariada es expedida en el extranjero, deberá estar traducida al español y apostillada.
AUTORIZACIÓN NOTARIADA
Desde el 3 de enero de 2014, para viajar hacia México o desde México a un destino internacional, todos los menores de edad* que no viajen en compañía de su padre, madre y/o tutor legal, deben disponer de su pasaporte y adicionalmente de una carta notariada o documento legal que certifique que el menor tiene el permiso de ambos padres y/o tutor legal, para viajar.
La carta notariada deberá ir engrapada al pasaporte del menor para el control de Servicio de Migración Mexicano a su llegada o salida de México. Cuando se trate de un documento expedido fuera de México, este deberá ser legalizado o venir apostillado según sea el caso, y con su traducción al español. En caso de no contar con dicho documento en original, se autorizará la presentación de la carta notariada o documento legal impreso, que haya sido escaneado y enviado por email por parte de los padres y/o tutor legal.
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Que las mejores promesas que el año nuevo trae consigo, se conviertan en realidad.
diciembre 17, 2017
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