Apertura de Crédito con Garantía.
Acto por el cual una persona denominada como Acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición de otra denominada Acreditado, para hacer uso del crédito concedido en la forma convenida y que comúnmente se garantiza con una hipoteca. |
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Requisitos:1. Escritura constitutiva de la empresa acreditante (en caso de ser persona moral), así como las reformas a la constitutiva y la escritura en la que consten las facultades del representante de la empresa. 2. Escritura constitutiva de la empresa acreditada (en caso de ser persona moral), así como las reformas a la constitutiva y la escritura en la que consten las facultades del representante de la empresa. 4. Señalar monto del crédito y destino del mismo. 5. Especificar plazo, forma y lugar de pago, así como intereses moratorios. 6. Documentos con los que se acredite la propiedad de las garantías que no sean hipotecarias. 7. Título de propiedad del inmueble que se otorga en garantía hipotecaria. (escritura con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad). 8. Acta de matrimonio de los garantes hipotecarios en caso de ser personas físicas y en caso de ser personas morales los mismos documentos señalados en el punto primero anterior. 9. Boleta de pago del impuesto predial al corriente del inmueble que se otorga en garantía hipotecaria. 10. Identificación oficial, CURP y generales de los garantes hipotecarios.
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