Adjudicaciones.
| La adjudicación es el acto por medio del cual, se declara que la propiedad de un bien o un conjunto de bienes, pasa al patrimonio de determinada persona. Tiene lugar en los remates, en los juicios sucesorios, en los juicios de quiebra y en los juicios de concurso. Reside entonces en una resolución judicial, cuyo efecto traslativo de dominio queda estrechamente ligado con el concepto de pago. Tratándose de bienes inmuebles, es necesario que además de la declaración judicial, se observen las formalidades establecidas en ley, como son el otorgamiento de escritura pública y la inscripción en el Registro Público de la Propiedad (servicios que ofrece la Notaría). | |||
Requisitos:1. Título de propiedad del inmueble. (escritura con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad). Gracias por su preferencia, nosotros nos comunicaremos lo antes posible con Usted. |
Acércate a la Notaría 124 del Estado de Oaxaca, las asesorías son gratuitas.
Cualquier duda nos la puede hacer saber por correo electrónico o vía telefónica y con gusto le atenderemos.
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Aportación a Sociedades
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Requisitos:1. Escritura original de compraventa o título de propiedad (inscrito en el Registro Público de la Propiedad). Gracias por su preferencia, nosotros nos comunicaremos lo antes posible con Usted. |
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Permuta.
| Es el contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra, entendiendo por obligación de dar la transmisión del dominio de cosa cierta. | |||
Requisitos:1. Escritura original de compraventa o titulo de propiedad (Inscrito en el Registro Público de la Propiedad). 2. Original de identificaciones oficiales, CURP y R.F.C de los contratantes. 3. Acta de matrimonio de cada permutante (en caso de ser casados). 4. Boleta de pago del impuesto predial al corriente. 5. En su caso recibos de agua, luz, teléfono, etc. Con la finalidad de comprobar la calidad de casa habitación del inmueble. 6. Datos generales de cada permutante (llenar formato). Gracias por su preferencia, nosotros nos comunicaremos lo antes posible con Usted. |
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Donación.
| Es un contrato por el cual una persona, denominada donante, transfiere a otra llamada donatario, gratuitamente, una parte o la universalidad de sus bienes presentes. Por medio de este Contrato, se transmite la propiedad de un bien mueble o inmueble de ascendientes a descendientes sin limitación de grado, y entre cónyuges, de forma gratuita. Este tipo de operaciones no generan Impuestos, pero únicamente en los supuestos anteriores (abuelos-padres-hijos o esposos). | |||
Requisitos:1. Original del Título de propiedad del inmueble de los donantes (Escritura con datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad). 2. Identificación oficial, CURP y R.F.C. de los contratantes. 3. Acta de matrimonio del donante. 4. Copia certificada (expedida por el registro civil) del acta de nacimiento del donatario (en su caso). 5. Boleta de pago del impuesto predial al corriente. 6. Generales de los contratantes. 7. Croquis de localización del predio y/o de la construcción – dibujado a mano por el cliente, señalando norte y señalando calles aledañas. 8. En caso de donación parcial del terreno: necesitamos original del permiso de subdivisión que otorgue el Municipio y plano simple con sello y firma del Municipio. 9. Llenar solicitud. Gracias por su preferencia, nosotros nos comunicaremos lo antes posible con Usted. |
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